Mujeres

juezfamiliarZacatecas. Juez expone su trascendencia, más cuando hay menores expuestos; pueden ordenar asistencia obligatoria a terapias

Para sensibilizar y analizar la trascendencia de las órdenes de protección de las mujeres víctimas de violencia, Luis Alberto Castro Mercado, juez de Primera Instancia del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Juchipila, impartió la conferencia “Régimen de Protección Temporal de la Mujer”.

Ante la presencia de Agentes del Ministerio Público, Asesoras Jurídicas, personal de Equidad de Género y del Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ), el Juez Luis Alberto Castro explicó que de acuerdo a la Ley de Acceso y Protección de las Mujeres a una vida libre de violencia; las Órdenes de Protección, son actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son personalísimas, intransferibles, precautorias y cautelares.

Partiendo de que las “Órdenes de Protección” se identifican como de emergencia, preventivas, de naturaleza civil o familiar y trámite procesal, dijo que para solicitar su trámite primero debe valorarse ante qué instancia resulta más viable y más conveniente, ya sea un Juez o Fiscal, dependiendo de las cuestiones de posesión, alimentos provisionales, embargo o desocupación de inmuebles.

Desde un enfoque en Materia Familiar, el Juez Luis Alberto Castro se dijo contento de poder compartir ante el auditorio, la satisfacción que brinda la impartición de justicia, especialmente en temas tan sensibles como es el Interés Superior de la Víctima y del Menor cuando existe violencia dentro del matrimonio.

En este sentido, señaló enérgicamente que cuando existe violencia en el matrimonio y hay hijos de por medio,  los jueces en materia familiar tienen la facultad y la obligación de recabar las pruebas que sean necesarias para el mejor proveer de los menores, así como corresponder a una medida provisional decretando además la asistencia obligatoria a terapias o tratamientos integrales, especializados y gratuitos, brindados por las unidades de atención a la violencia familiar, tanto a las víctimas como al agresor, las cuales deberán prestarse de manera separada.

Durante la conferencia, el Juez fue abordado sobre diferentes dudas de los asistentes, respondiendo de acuerdo a diferentes apartados del Código Familiar del Estado, el Código de Procedimientos Civiles y el Código Penal.

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