Sociedad

divorciantes01 consecuencias jurídicas con los hijos menores Zacatecas. Magistrada Silveria Serrano aborda el divorcio incausado y “el vaivén de emociones” que causa a los niños

La Universidad Autónoma de Zacatecas a través de la Unidad Académica de Derecho y en coordinación con el Tribunal Superior de Justicia del Estado realizó la conferencia denominada “El divorcio sin expresión de causa y las consecuencias jurídicas con los hijos menores” la cual estuvo a cargo de la magistrada Silveria Serrano Gallegos.

Al dirigirse a los asistentes la ponente explicó que el tema del divorcio incausado o también llamado divorcio unilateral ha despertado mucha expectativa, ya que es una nueva modalidad en donde basta solamente de la voluntad de uno de los cónyuges para disolver el matrimonio y que el estado se lo autorice. Al contrario del divorcio necesario, no exige que se demuestren casuales o motivos legales para que ese vínculo matrimonial se separe.

En este contexto Silveria Serrano destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una jurisprudencia que salió por el sistema de contradicción de tesis, en la tesis 73/2014 estableció que no es necesario que se demuestren las causas para la ruptura porque eso atenta a lo que es el libre desarrollo de la personalidad de los consortes, es decir consiste en la posibilidad de que cada individuo determine por sí mismo su proyecto de vida.

“Esto se basa en el principio de la autonomía de la persona que significa la libre elección individual de los planes de vida, al estado no le debe importar el porqué de su decisión” señaló.

Al hablar de lo que sucede cuando se tienen hijos menores de edad en esas relaciones, aseguró que esto sigue siendo una cuestión de orden público, es decir el juez debe tener especial cuidado ya que si hay menores de edad de por medio en esa disolución del vínculo, no se debe tomar a secas esta decisión.

La ponente manifestó que aunque el Código Familiar regule este divorcio incausado, cuando se tienen hijos de por medio, exige que aunado a la solicitud se acompañe una propuesta de convenio donde el divorciante exprese cómo y dónde va convivir con los hijos, qué días y en qué horarios, bajo qué condiciones y cuánto aportará de pensión, entre otras cosas.

Asimismo aseveró que los temas atinentes que no se deben desconocer en las cuestiones del divorcio es lo que tiene que ver con la patria potestad explicando que es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre los hijos menores de edad, además del tema de guardia y custodia, es decir quién es el más apto para cuidar del niño a partir del rompimiento.

Otro tema importante es el tema de la convivencia,  es decir que es un derecho que tiene la persona no custodia  para que se le asigne un sistema de convivencia, el tema de los alimentos también es de suma importancia asegurando que no se le debe “regatear” a la cuestión económica, en la proporción de sus posibilidades.

En este orden de ideas la magistrada destacó que el Tribunal Superior de Justicia creo los Centros de Convivencia Familiar Supervisada, con psicólogos, médicos, trabajadores sociales, abogados y policías  que fungen como un auxiliador del juez vigilando que la convivencia se de en los términos establecidos.

Destacó que hay tres Centros de Convivencia en el estado: uno en Zacatecas que actualmente atiende más de cien casos, y los otros dos en los municipios de Jerez y Fresnillo.

Por otra parte explicó que si los niños fueron maltratados u objeto de violencia lo que debe hacer el juez es buscar el mejor espacio y condiciones para que ese niño continúe su vida sin sus padres juntos.

Para finalizar la ponente manifestó que “esto representa mucha complicación y confusión porque los niños es a quienes les afecta esa libre e individual decisión de los divorciantes, pues constantemente están en un vaivén de emociones ya que tienen dos o más familias, sistemas y ejemplos”.

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