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magistZacatecas. Fueron denunciados por actos anticipados de campaña, pero no se cometieron, según magistrados

Sale bien librada Judith Guerrero, candidata a alcaldesa de la alianza Zacatecas Primero

 

En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TJEEZ) resolvió tres Procedimientos especiales sancionadores, el primero promovido por  el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Judit Magdalena Guerrero López, candidata de la coalición “Zacatecas Primero” a la Presidencia Municipal de Zacatecas, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña por la colocación de propaganda electoral previo a la aprobación de su candidatura.

Los magistrados declararon la inexistencia de dichos actos anticipados de campaña por haberse acreditado que la denunciada ya contaba con el carácter de candidata y, en consecuencia, tenía aptitud de realizar actos de campaña, de ahí que no se tenga por acreditado el objeto de la queja.

Por otro lado, el segundo procedimiento especial sancionador, fue instaurado por el PRI en contra de Ingrid Medina Díaz, candidata de Movimiento Ciudadano a la presidencia municipal de Guadalupe, también por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña. Al respecto, se determinó que las pintas denunciadas no constituían propaganda electoral, por lo que consecuentemente no se configuró la realización de los actos anticipados de campaña.

El tercer y último procedimiento especial sancionador derivó de una denuncia del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Clemente Velázquez Medellín, Priscila Benítez Sánchez, Samuel Herrera Chávez y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), por la presunta comisión de actos anticipados de campaña y colocación de propaganda electoral en lugares prohibidos.

El pleno determinó la inexistencia de las violaciones objeto de la queja porque se acreditó que en el evento realizado dentro del periodo de campaña se dio la participación de dichos ciudadanos cuando ya tenían el carácter de candidatos y que la colocación de la propaganda denunciada no fue en lugar prohibido por la ley.

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