Opinión

presuIliana Galilea Cariño Cepeda*

(Presunción de Inocencia. org.mx)

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su Informe Situación de los derechos humanos en México (2015), confirmó la preocupante situación de las personas privadas de libertad. Particularmente, en el apartado «Privatización y certificación de las prisiones» destacan la posición de altas autoridades penitenciarias en cuanto a que «el contrato de prestación de servicios (CPS) es el futuro del sistema penitenciario en México»; «la falta de disponibilidad de información sobre los contratos celebrados por el Estado y las empresas», y el que «los regímenes de los centros privatizados y la búsqueda por certificación internacional, serían planteados y ejecutados a partir de estructura de máxima seguridad estadounidense» (pp. 157-158).

En relación con esto, el gobierno federal anunció a principios de 2016 que la reestructuración del sistema penitenciario tiene seis ejes (gobernabilidad, reconstrucción de la infraestructura, adecuación tecnológica, profesionalización, estandarización de procesos y procedimientos, y reinserción social), asociados justo a las áreas prioritarias de la Asociación Americana de Correccionales (ACA) (orden, seguridad y administración). Tal similitud tiene lógica considerando que la meta de este año es la certificación de todos los Centros de Reinserción Social (CERESOS) por parte de dicha asociación.

Esta política ha implicado la adjudicación de contratos a la iniciativa privada para construir y administrar ciertos ámbitos de las prisiones. Pero, ¿podría satisfacer realmente la aspiración de la reinserción social establecido por el Artículo 18 de la Constitución? ¿Qué está en juego?

Evidentemente, además de ser insuficiente, pone en riesgo la integridad y dignidad de las personas en aras de reducir costos e incentivar al uso de la prisión como «único medio para combatir el delito» (p. 157), puesto que, como se ha comprobado en otros países con modelo similar, dichos establecimientos exigen una cantidad mínima de ocupación.

¿La adjudicación de contratos a la iniciativa privada para construir y administrar ciertos ámbitos de las prisiones podría realmente satisfacer la aspiración de la reinserción social establecido por el Artículo 18 de la Constitución? ¿Qué está en juego?

Por ejemplo, ¿hoy a qué servicios están dando prioridad las empresas concesionarias? En este sentido es que siguen preocupándonos los resultados del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2014 y 2015, sobre todo en CERESOS certificados por la ACA, donde persisten problemas relacionados con la estancia digna, insuficiencia de programas para la prevención y atención de incidentes violentos, insuficiencia de personal, deficiencia en el acceso a la salud y tratos indignos.

Además, esta tendencia privatizadora se caracteriza por la opacidad. La CIDH ha hecho un enérgico llamado al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social para que informe sobre los CPS, cuánto está gastándose en la construcción y lo que diariamente gasta el sistema por cada persona interna.

La dignificación del sistema penitenciario exige resolver múltiples problemas de raíz señalados por el informe de la CIDH citado, y otros organismos y organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales. La nueva Ley Nacional de Ejecución Penal apenas constituye una posibilidad que plantea nuevas políticas, enfoques y prácticas para asumir la reinserción social como la «restitución del pleno el ejercicio de las libertades tras el cumplimiento de una sanción o medida ejecutada con respeto a los derechos humanos» (Artículo 4). Su aplicación requiere no solo recursos económicos y tecnológicos, voluntad política y capacitación, sino abandonar todo modelo de castigo, que en poblaciones femeniles abarca incluso una triple sentencia (triple jeorpardy).

Consulta también:

«Denuncian tortura y malos tratos en el nuevo penal femenil de Morelos, gestionado por el Grupo Carso»*

«Mil juicios: sólo 15 indemnizaciones por tortura»*

«La privatización carcelaria no solucionará la crisis del sistema penitenciario»*

 

*Es licenciada en Derecho y maestra en Ciencias Penales de la Universidad Popular Autónoma de Puebla, además de poseer un Máster en Criminología y Ejecución Penal por la Universidad Autónoma de Barcelona, un Máster en Criminología y Delincuencia Juvenil. También es Doctora por la Universidad de Castilla-La Mancha y tiene la especialización en Prevención de Violencia Familiar de la Universidad Iberoamericana Puebla. Dirige el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ de esta última institución educativa y es enlace de la Red de Derechos Humanos de la Asociación de Universidades confiadas a la Compañía de Jesús en América. Es cofundadora del Observatorio de Violencia Social y de Género de la propia universidad y autora de diversas publicaciones sobre violencia de género, derechos humanos, criminología y personas privadas de libertad.

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